Derecho Bancario

Primera Sentencia que declara la nulidad de la Comisión de Apertura en Alicante tras la Sentencia del TJUE

El Juzgado especializado en cláusulas abusivas en la provincia de Alicante, el Juzgado de Primera Instancia nº 5 Bis de Alicante ha dictado una sentencia en la que declara la Nulidad de la Comisión de Apertura en un préstamo hipotecario condenando a la devolución de 1054,78€ más los intereses desde su pago a favor de un cliente de este despacho.

La Sentencia número 2466/2020 de 9 de septiembre, recientemente notificada, viene a reconsiderar la postura que, tras el pronunciamiento por parte del Tribunal Supremo, venía asumiendo la Audiencia Provincial de Alicante.

De forma anterior a la Sentencia del Tribunal Supremo, la Audiencia Provincial de Alicante venía considerando abusiva la comisión al entender que no obedecía a un servicio efectivamente prestado.

El 16 de Julio de 2020 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea indicó, entre otras cosas, que si no obedecía a un servicio efectivamente prestado, la misma no se puede cobrar al cliente.

Además de lo anterior, que sin duda supone una haz de esperanza a miles de consumidores en la provincia (a falta de que se confirme por la Inma. Audiencia Provincial de Alicante), la sentencia condena a la devolución de los gastos de hipoteca. Los gastos de hipoteca que han condenado en la Sentencia se corresponde con los criterios y porcentajes fijados por el Tribunal Supremo: 50% de Notaría y Gestoría y el 100% del Registro de la Propiedad.

Puedes descargar la sentencia aquí.

¿Tienes hipoteca y aún no has reclamado las cláusulas abusivas? Contacta con nosotros en el teléfono 966072870.

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