Derecho Bancario

¿Qué es la famosa cláusula suelo?

Llaves

Son varias las personas que nos mandan consultas a través de correo electrónico para saber algo más de la famosa cláusula suelo. Por eso, desde nuestro despacho de abogados, hemos querido elaborar este pequeño artículo y arrojar algo de luz en el asunto.

Quien más quien menos ha solicitado un préstamo con garantía hipotecaria a una entidad bancaria o establecimiento de crédito. Este tipo de préstamos se acude al Notario para formalizarlos y suelen ser bastante extensos y complejos.

En términos generales el préstamo hipotecario tiene dos periodos diferenciados para calcular el interés.

  • A un primer periodo que habitualmente es de 1 año (pero puede ser otro periodo distinto) se le aplica un interés fijo que viene expresamente establecido en la escritura sin que aquí influya las variaciones de los índices de referencia.
  • Al segundo periodo, que es el tiempo restante de la vida de la hipoteca, se le aplica un interés variable añadiendo un diferencial. Por ejemplo Euríbor +1%. Aquí es donde, con la periodicidad que se haya pactado, se notan las distintas oscilaciones de los tipos de interés.

Es precisamente en este segundo periodo donde surte efecto la conocida como cláusula Suelo-Techo. La cláusula suelo impide que el interés variable junto con la suma del diferencial sean más bajos de una determinada cifra.

Por ejemplo: Supongamos que, tras la revisión periódica, en EURÍBOR está en 0,233% y el diferencial que tenemos pactado es de 1%. El tipo que se debería aplicar es 1,233%. Pero tenemos una cláusula suelo que establece el límite en 3,5%. Pues nosotros, en lugar de calcular nuestras cuotas aplicando el 1,233% se nos calcularía aplicando el 3,5% (cláusula suelo). Estaríamos pagando de más como se puede apreciar.

Las frases que suelen hacer referencia a la cláusula suelo son así: “La alteración del tipo de interés ordinario como consecuencia de la revisión no podrá ser superior a X enteros por ciento (x%) ni inferior a X enteros por ciento (x%)” ó “límite mínimo del tipo de interés del X POR CIENTO (X%)” ó “en ningún caso el tipo nominal anual podrá ser inferior al X POR CIENTO (X%)».

Si detectas que en los últimos dos años has venido pagando lo mismo en tu préstamo hipotecario es altamente probable que tengas cláusula suelo. Podemos reclamarle al banco que te la quiten y devolución de cantidades pagadas de más. Contacta con nosotros y te informaremos.

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